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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 312098
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo XLVI; Pág. 4343
SUCESIONES, SUSPENSION TRATANDOSE DE AUTORIZACION PARA PAGAR DEUDAS DE LAS.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo XLVI; Pág. 4343
Debe concederse la suspensión que pidan los herederos, contra la autorización concedida al albacea de una sucesión, para pagar las deudas exigibles a la misma, pero mediante fianza, si se reúnen los requisitos establecidos en el artículo 55 de la Ley de Amparo.
Precedentes
Amparo civil. Revisión del incidente de suspensión 5128/35. Valenzuela viuda de Pedrero María. 23 de noviembre de 1935. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Daniel Galindo. La publicación no menciona el nombre del ponente.