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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 312099
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo XLVI; Pág. 4337
SUSPENSION.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo XLVI; Pág. 4337
La suspensión no debe ser negada por motivos de improcedencia del amparo, ya que éstos sólo deben estudiarse al admitirse la demanda y cuando aparecen durante el curso del juicio.
Precedentes
Amparo civil. Revisión del incidente de suspensión 4393/35. Morales Hernández Miguel. 23 de noviembre de 1935. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: José M. Ortiz Tirado. La publicación no menciona el nombre del ponente.