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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 312112
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo XLVI; Pág. 4622
TIERRAS OCIOSAS, SUSPENSION TRATANDOSE DE APLICACION DE LA LEY DE.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo XLVI; Pág. 4622
Contra la aplicación de la Ley de Tierras Ociosas, dictadas con miras de favorecer el desarrollo de la agricultura nacional, no es procedente conceder la suspensión, porque la sociedad y el Estados están interesados en dicha aplicación.
Precedentes
Amparo administrativo. Revisión del incidente de suspensión 988/35. Vargas Francisco. 28 de noviembre de 1935. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: José M. Ortiz Tirado. La publicación no menciona el nombre del ponente.