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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 312123
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo XLVI; Pág. 5012
TERCERIA EXCLUYENTE DE DOMINIO, SUSPENSION TRATANDOSE DE.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo XLVI; Pág. 5012
La suspensión debe negarse contra la sentencia de segunda instancia que desecha una tercería excluyente de dominio, por tratarse de un acto ejecutado y de carácter negativo y, por lo que hace a sus efectos, si se hacen consistir en el remate de la finca embargada tampoco puede concederse la suspensión, porque la sentencia reclamada no tiene dicho efecto, puesto que el remate se verificará como resultado del juicio hipotecario y no por la ejecución de dicho fallo.
Precedentes
Amparo civil. Revisión del incidente de suspensión 4576/35. Díaz González y Blecher Roberto Alberto. 30 de noviembre de 1935. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Daniel Galindo. La publicación no menciona el nombre del ponente.