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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 312128
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo XLVI; Pág. 5197
PETROLEO, SUSPENSION TRATANDOSE DE LA RESOLUCION QUE DESECHA LA OPOSICION AL PERMISO PARA PERFORAR UN POZO DE.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo XLVI; Pág. 5197
Si se reclama en amparo la resolución de la Secretaría de la Economía Nacional, desechando una oposición para el otorgamiento de permiso para perforar un pozo de petróleo, se trata de un acto negativo que no es susceptible de suspenderse; y por lo que hace al otorgamiento del permiso, este acto no es efecto de aquél y no es susceptible de suspenderse, porque siendo relativo a la industria petrolera, y considerándose ésta como de utilidad pública, de concederse la suspensión, se causarían perjuicios a la sociedad y al Estado, porque con ello se interrumpiría la perforación del pozo.
Precedentes
Tomo XLVI, página 6668. Indice Alfabético. Incidente de suspensión 5877/35. Peralta José Víctor. 3 de diciembre de 1935. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Rodolfo Chávez S. La publicación no menciona el nombre del ponente.
Tomo XLVI, página 5197. Amparo administrativo. Revisión del incidente de suspensión 5827/35. Peralta José Víctor. 3 de diciembre de 1935. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.