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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 312132
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo XLVI; Pág. 5430
SUBSUELO, SUSPENSION TRATANDOSE DE DERECHOS AL.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo XLVI; Pág. 5430
La suspensión debe concederse contra la orden judicial para que una compañía petrolera entregue las rentas por los derechos al subsuelo en determinada finca, al síndico de una quiebra, por reunirse los requisitos establecidos por el artículo 55 de la Ley de Amparo, respecto de los pagos que no se hayan efectuado aún, ya que éstos tendrán que hacerse periódica y sucesivamente, conforme vayan devengándose las rentas y se trata de actos de tracto sucesivo.
Precedentes
Amparo civil. Revisión del incidente de suspensión 5652/35. Crédito Industrial de Monterrey, S.A. 5 de diciembre de 1935. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Daniel Galindo. La publicación no menciona el nombre del ponente.