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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 312137
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo XLVI; Pág. 5511
SUSPENSION POR CAUSA SUPERVENIENTE (PROCEDIMIENTO ECONOMICOCOACTIVO).
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo XLVI; Pág. 5511
Si se reclama en amparo un procedimiento economicocoactivo íntegro, y respecto de él se negó la suspensión, como la adjudicación del inmueble embargado, es una consecuencia forzosa y necesaria de tal procedimiento, no puede considerarse como una causa superveniente, para conceder la suspensión.
Precedentes
Amparo administrativo. Suspensión por causa superveniente 2165/35. Romero María Luisa. 6 de diciembre de 1935. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Rodolfo Asiain. La publicación no menciona el nombre del ponente.