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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 312164
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo XLV; Pág. 621
PRUEBA PRESUNTIVA (LEGISLACION DE DURANGO).
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo XLV; Pág. 621
Si de todo lo actuado no se desprende más que una presunción en contra del acusado, ésta no es bastante para producir prueba plena de su culpabilidad, en los términos del artículo 722 del Código de Procedimientos Penales.
Precedentes
Amparo civil directo 2760/34. Serrano de Arnaud María de los Dolores. 11 de julio de 1935. Unanimidad de cuatro votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.