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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 312167
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo XLV; Pág. 633
LIBERTAD PROVISIONAL, FIANZA INSUFICIENTE PARA LA.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo XLV; Pág. 633
La circunstancia de que en concepto de la autoridad responsable, la fianza otorgada por el acusado, para obtener el beneficio de la libertad provisional, sea insuficiente, no es motivo legal para revocar dicha libertad, pues la ley, no establece esa circunstancia como una de las causas que limitativamente enumera, para poder fundar la revocación. Además, es jurisprudencia constante, que la insuficiencia de la fianza, que podría dar lugar a la apelación del auto que fijó el monto de la garantía, no puede servir de base para la revocación de la libertad, sino que, a lo sumo, el Juez del proceso podrá exigir que la caución se amplié, pero si menoscabar la libertad del inculpado.
Precedentes
Amparo penal en revisión 120/34. Cordero Pedro. 11 de julio de 1935. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.