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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 312177
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo XLV; Pág. 937
DEFENSA, DERECHO DE.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo XLV; Pág. 937
Es evidente que se viola, en perjuicio del acusado, la fracción IX del artículo 20 constitucional, si no se le nombra defensor de oficio, ni se resuelve ni agrega al expediente, la promoción que haga, designando persona que lo defienda.
Precedentes
Amparo penal directo 6131/33. Lizcano Blas. 16 de julio de 1935. Mayoría de cuatro votos. Disidente: Rodolfo Asiáin. La publicación no menciona el nombre del ponente.