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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 312178
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo XLV; Pág. 937
DECLARACION PREPARATORIA.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo XLV; Pág. 937
Debe negarse el amparo contra el acto que se haga consistir en que no se le hizo saber a un indiciado, al tomarse su declaración preparatoria, el nombre de su acusado, y la causa y naturaleza de la acusación, si se comprueba que éste, al rendir aquélla, se manifestó sabedor del motivo que originaba su detención.
Precedentes
Amparo penal directo 6131/33. Lizcano Blas. 16 de julio de 1935. Mayoría de cuatro votos. Disidente: Rodolfo Asiáin. La publicación no menciona el nombre del ponente.