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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 312182
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo XLV; Pág. 1009
MINISTERIO PUBLICO, ORDENES DE APREHENSION SOLICITADAS POR EL.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo XLV; Pág. 1009
Es improcedente el amparo que se pida contra la orden de aprehensión solicitada por un agente del Ministerio Público porque, según jurisprudencia de la Suprema Corte, cuando aquella institución actúa en los procesos, ejercitando la acción penal, no tiene el carácter de autoridad, sino de parte.
Precedentes
Amparo penal en revisión 4343/34. Madero Salvador Sr. y coagraviado. 17 de julio de 1935. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.