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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 312216
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo XLV; Pág. 1661
ORDEN DE APREHENSION.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo XLV; Pág. 1661
Justificada la existencia de hechos determinados, que caen bajo la definición de un delito que la ley castiga con pena corporal, y de cuya comisión aparece responsable una persona, la orden de aprehensión dictada en su contra, esta ajustada a las prevenciones del artículo 16 constitucional y no es violatoria de garantías.
Precedentes
Amparo penal en revisión 3599/34. Tazzer José. 26 de julio de 1935. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: José M. Ortiz Tirado. La publicación no menciona el nombre del ponente.