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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 312221
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo XLV; Pág. 2000
LEGITIMA DEFENSA (LEGISLACION DE SONORA).
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo XLV; Pág. 2000
Si terminado el ataque de que es víctima una persona, busco está a su agresor, con la deliberada intención de herirlo, para vengarse de él, es evidente que no obra en defensa legítima, dentro de las circunstancias a que se refiere la fracción VI del artículo 33 del Código Penal del Estado de Sonora.
Precedentes
Amparo penal directo 3661/33. Rodríguez Francisco. 31 de julio de 1935. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Hermilo López Sánchez. La publicación no menciona el nombre del ponente.