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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 312237
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo XLV; Pág. 2280
DELITOS CONEXOS DE DISTINTOS FUEROS.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo XLV; Pág. 2280
Si se ejecutan varios hechos delictuosos que tengan plena existencia jurídica, no obstante que sean ejecutados como medios para llegar a la consumación de otro delito y para procurar la impunidad del mismo, siendo conexos de éste, tienen que averiguarse por separado, si unos y otros caen dentro de la jurisdicción de dos fueros distintos, como son el federal y el común.
Precedentes
Amparo penal directo 2558/31. Legorreta Juan de Dios. 6 de agosto de 1935. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.
Véase: Semanario Judicial de la Federación, Quinta Epoca:
Tomo XLI, página 1807, tesis de rubro "DELITOS CONEXOS, EXISTENCIA DE."
Tomo XLIV, página 909, tesis de rubro "DELITOS DIVERSOS, AUTOS DE FORMAL PRISION POR LOS.".