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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 312277
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo XLV; Pág. 2906
DROGAS ENERVANTES.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo XLV; Pág. 2906
Si se comprueba que una persona no sólo tuvo intención de ayudar a quienes trafican con drogas enervantes, sino que él las vende y verifica toda clase de operaciones con ellas, y no comprueba que lo hace con permiso del departamento de salubridad; y de los dictámenes de peritos, resulta que el tráfico se llevaba a cabo con substancias de las consideradas como enervantes, en el artículo 198 del Código Sanitario, se encuentran comprobados todos los elementos del delito previsto en el artículo 194 del citado código.
Precedentes
Amparo penal directo 5132/33. Peralta Atenor. 15 de agosto de 1935. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.