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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 312290
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo XLV; Pág. 3297
EXAMENES MEDICOS, FUERZA PROBATORIA DE LOS.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo XLV; Pág. 3297
El examen que los médicos practican en la víctima de unas lesiones, mediante observaciones más o menos superficiales, no puede tener un valor de convicción mayor que el que se produce después de la autopsia; por lo que, si una autoridad considera el segundo dictamen de mayor eficacia, con perjuicio para el acusado, su decisión no puede ser violatoria de garantías; máxime, si ese segundo dictamen es producido por facultativos titulados, quienes lo emiten después del examen anatómico que les proporcione la autopsia del cadáver.
Precedentes
Amparo penal directo 3282/34. Seyler Rosas Aureliano. 22 de agosto de 1935. Unanimidad de cuatro votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.