Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/tesis/312296
📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 312296
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo XLV; Pág. 3318
OFENDIDO, DECLARACION DEL.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo XLV; Pág. 3318
No son de tomarse en consideración las declaraciones del ofendido en un delito, si son inverosímiles y están contradichas por las de testigos.
Precedentes
Amparo penal en revisión 5432/34. Hernández Silva Rafael. 22 de agosto de 1935. Unanimidad de cuatro votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.
Véase: Semanario Judicial de la Federación, Quinta Epoca, Tomo CXII, página 191, tesis de rubro "OFENDIDO, VALOR DE SU DICHO.".