Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/tesis/312297
📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 312297
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo XLV; Pág. 3398
ORDEN DE APREHENSION, REQUISITOS PARA LIBRARLA.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo XLV; Pág. 3398
Conforme al artículo 16 constitucional, para librar una orden de aprehensión, basta que exista denuncia, acusación o querella, de un hecho determinado que la ley castigue con pena corporal, y que esa denuncia, acusación o querella, esté apoyada por persona digna de fe, que declare bajo protesta de decir verdad y que existan datos que hagan probable la responsabilidad del inculpado.
Precedentes
Amparo penal en revisión 594/34. Fernández Otilio. 23 de agosto de 1935. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.