Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/tesis/312304
📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 312304
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo XLV; Pág. 3476
TRANSITO DE LAS VIAS PUBLICAS, SUSPENSION TRATANDOSE DE LA INTERRUPCION DEL.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo XLV; Pág. 3476
Si el amparo se pide contra la orden de una autoridad administrativa, para que no continúen determinadas obras y se destruyan las ya hechas, con el fin de que no se interrumpa el tránsito en las vías públicas, la suspensión debe negarse, por que la sociedad tiene interés en que no se interrumpa dicho tránsito.
Precedentes
Amparo administrativo. Revisión del incidente de suspensión 3950/34. Pierce Oil Company, S. A. 24 de agosto de 1935. Mayoría de tres votos. Ausente: Hermilo López Sánchez. Disidente: Rodolfo Asiáin. La publicación no menciona el nombre del ponente.