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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 312306
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo XLV; Pág. 3549
ASEGURAMIENTO DEL OBJETO DEL DELITO, NO PROCEDE LA SUSPENSION CONTRA EL.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo XLV; Pág. 3549
Si el amparo se endereza contra la orden para que se aseguren, como objeto de un delito de robo, los rieles y accesorios que constituyeron la vía de una finca, agrícola, y que, según el denunciante del delito, se encuentran en otra finca, la suspensión debe negarse, puesto que si se concedieron, se dificultaría la averiguación, ya que los rieles se pueden confundir con los que formen la vía de la finca en que se encuentran, y aun podrían ser cambiados de lugar, si se permite a los actuales poseedores, la libre disposición de dichos bienes; y la sociedad y el Estado están interesados en el esclarecimiento de estos delitos y, además, se tropezaría con la dificultad de identificar los propios bienes.
Precedentes
Amparo penal. Revisión del incidente de suspensión 683/35. Ingenio San Cristóbal y Anexas, S. A. Liquidación Judicial. 24 de agosto de 1935. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Hermilo López Sánchez. La publicación no menciona el nombre del ponente.