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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 312312
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo XLV; Pág. 3810
LEY DE IMPRENTA.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo XLV; Pág. 3810
La expedida por el ciudadano Venustiano Carranza, con fecha 9 de abril de 1917, rige en el Estado de Nayarit, de acuerdo con el artículo 89 de la Constitución Local del mismo Estado.
Precedentes
Amparo penal directo 4617/33. Arriola Valadez Agustín. 28 de agosto de 1935. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: José M. Ortiz Tirado. La publicación no menciona el nombre del ponente.