Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/tesis/312335
📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 312335
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo XLV; Pág. 4720
TERCERO PERJUDICADO, EN AMPARO PEDIDO CONTRA UNA LEY.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo XLV; Pág. 4720
De conformidad con el artículo 71 de la Constitución Federal, el derecho de iniciar leyes o decretos, compete al ciudadano presidente de la República, a los Diputados y Senadores del Congreso de la Unión y de las Legislaturas de los Estados; y si bien los particulares pueden presentar sugestiones para que sean expedidas las leyes o decretos, y crear en su favor situaciones jurídicas concretas y determinadas, que les interese defender en el juicio de amparo, interés que ha querido proteger la ley reglamentaria del juicio de garantías, en la fracción VI del artículo 11, disponiendo que serán considerados como terceros perjudicados, las personas que hayan gestionado el acto contra el que se pide amparo, cuando se trate de providencias dictadas por autoridades distintas de las judiciales, también el poder público no puede permitir la intromisión de los particulares en el ejercicio de las facultades que tienen asignadas y, además, aquel interés se sustituye, una vez expedida la ley o decreto respectivo; por el que tiene el órgano que legalmente la dictó y, por tanto, no debe tenerse como un tercero perjudicado en un amparo que se endereza contra una ley o decreto, a la persona o personas que hicieron gestiones para la expedición de aquéllos.
Precedentes
Queja en amparo administrativo 57/35. Rivas Emilio y coagraviado. 10 de septiembre de 1935. Unanimidad de cuatro votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.