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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 312370
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo XLV; Pág. 5548
PERSONERIA EN AMPARO, MANERA DE ACREDITARLA.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo XLV; Pág. 5548
Si el quejoso promueve un amparo, ostentándose como apoderado del albacea de una sucesión y acompaña a la demanda copias autorizadas, de las cuales aparece que se le discernió el cargo de albacea de la sucesión, en nombre de su poderdante, claro es que no existe falta de comprobación de su personería, y es ilegal el auto del Juez de Distrito que lo manda requerir, para que justifique su calidad de mandatario y que desempaña el cargo de albacea.
Precedentes
Queja en amparo civil 323/34. Payán Leopoldo. 23 de septiembre de 1935. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.