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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 312376
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo XLV; Pág. 5651
CONYUGE, EXCLUYENTE DE RESPONSABILIDAD DEL.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo XLV; Pág. 5651
Conforme a la fracción IX del artículo 15 del Código Penal vigente en el Distrito Federal, tratándose del cónyuge de una persona que ha cometido un delito, la excluyente de responsabilidad se realiza cuando los actos imputados al primero, consistan en ocultar al cónyuge responsable del delito, o los efectos, objetos o instrumentos del mismo, o impedir que se averigüe, cuando no se hiciere por un interés bastardo y no se empleare ningún medio delictuoso; y no se está en el caso de dicha excluyente, si se comprueba que la actividad del cónyuge estuvo encaminada a la perpetración del delito.
Precedentes
Amparo penal en revisión 3866/34. Fishbein Berta. 24 de septiembre de 1935. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.