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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 312399
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo XLIV; Pág. 80
MINISTERIO PUBLICO, ES PARTE EN LOS PROCESOS.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo XLIV; Pág. 80
El representante del Ministerio Público, al formular pedimentos en un proceso, ejercita actividades de parte en aquél, y no de autoridad y por tanto, es improcedente el amparo que se endecere contra actos de aquella naturaleza.
Precedentes
Amparo penal en revisión 3216/34. Eliure Miguel A. 2 de abril de 1935. Mayoría de cuatro votos. Disidente: Rodolfo Asiáin. La publicación no menciona el nombre del ponente.