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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 312465
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo XLIV; Pág. 1629
APELACION EN MATERIA PENAL, EN MICHOACAN.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo XLIV; Pág. 1629
El artículo 758 del Código de Procedimientos Penales del Estado de Michoacán, en la parte que autoriza el recurso de apelación para la parte civil en un proceso, es violatorio del artículo 21 constitucional.
Precedentes
Amparo penal en revisión 6000/33. López Ortiz Miguel. 25 de abril de 1935. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.