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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 312466
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo XLIV; Pág. 1793
PLAYAS DEL MAR, LIBRE USO DE LAS.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo XLIV; Pág. 1793
Si en la demanda de amparo se reclama el destino que la Secretaría de Comunicaciones y Obras Públicas y la capitanía de un puerto dan a una parte de la playa del mar, convirtiéndola en bien particular, por estarse construyendo en ella un edificio que, según el quejoso, impide totalmente el paso y el uso de esa fracción de playa, debe negarse la suspensión del acto reclamado, si aparece que queda libre una fracción de playa por la que se puede transitar, y que también existe otra gran extensión de la playa, en donde el quejoso podrá hacer uso de sus derechos conforme a la ley; ya que de todas esas circunstancias, se deduce que el quejoso no resiente perjuicios de difícil reparación con los actos que reclama.
Precedentes
Amparo administrativo en revisión 5017/33. Fernández Iglesias Ventura. 27 de abril de 1935. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: José M. Ortiz Tirado. La publicación no menciona el nombre del ponente.