Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/tesis/312473
📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 312473
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo XLIV; Pág. 2067
SENTENCIAS PENALES DE PRIMERA INSTANCIA.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo XLIV; Pág. 2067
El amparo pedido contra ellas es improcedente, puesto que la situación jurídica del procesado se rige por fallo de segunda instancia.
Precedentes
Amparo penal directo 3142/33. Garduño Durán Francisco. 2 de mayo de 1935. Unanimidad de cuatro votos. Excusa: Rodolfo Asiáin. La publicación no menciona el nombre del ponente.