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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 312495
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo XLIV; Pág. 2881
COMPARECENCIA ANTE EL JUEZ PENAL, IMPROCEDENCIA DE LA SUSPENSION CONTRA LA.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo XLIV; Pág. 2881
Si se reclama en amparo la orden de una autoridad judicial, para que el acusado comparezca a declarar en el proceso, la suspensión debe negarse, porque si se concediese, el efecto sería que el quejoso no concurriera a la cita; lo cual implicaría detener el procedimiento judicial, que es de orden público, y la sociedad sufriría perjuicios por el interés que tiene en que no se entorpezca dicho procedimiento.
Precedentes
Amparo penal. Revisión del incidente de suspensión 5982/34. Rosales Juan B. 15 de mayo de 1935. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.