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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 312556
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo XLIV; Pág. 4764
TRANSITO, REGLAMENTACION DE.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo XLIV; Pág. 4764
La determinación de la Secretaría de Comunicaciones y Obras Públicas, que impone el uso de aparatos antideslumbrantes para los automóviles que transitan por carreteras nacionales y de concesión federal tiende a proteger la vida de los transeúntes en la vía pública, por lo que contra la misma es improcedente conceder la suspensión, toda vez que la sociedad está interesada en que se lleven a cabo esas medidas de seguridad.
Precedentes
Amparo administrativo. Revisión del incidente de suspensión 5695/33. Laddaga Vicente. 11 de junio de 1935. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: José María Ortiz Tirado. La publicación no menciona el nombre del ponente.