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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 312568
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo XLIV; Pág. 4942
VENTAJA, CALIFICATIVA DE.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo XLIV; Pág. 4942
Si por la misma declaración del acusado de un delito de homicidio, cometido en una mujer, se demuestra la recurrencia de los elementos consignados en el artículo 475, fracción II, del Código Penal de Sonora y, por lo mismo, que el homicidio intencional se ejecutó con ventaja tal, que el homicida no corrió riesgo alguno de ser muerto o herido por su víctima y que no obró en legítima defensa, resulta que, en contra del inculpado, obra la calificativa de ventaja, si aparece que poseía superioridad, en todos sentidos, sobre la occisa, ya que la calidad del sexo de esta última, desde luego lo indica así, resultando mucho más manifiesta la ventaja, si se atiende a que estaba armado.
Precedentes
Amparo penal directo 6602/33. Espinosa Tomás G. 13 de junio de 1935. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: José M. Ortiz Tirado. La publicación no menciona el nombre del ponente.