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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 312586
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo XLIII; Pág. 256
CUERPO DEL DELITO, FALTA DE COMPROBACION DEL, EN MICHOACAN.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo XLIII; Pág. 256
No comprobándose el cuerpo del delito, debe ser absuelto el acusado, en acatamiento a lo dispuesto en los artículos 9o., del Código Penal y 371 y 372 del Código de Procedimientos Penales del Estado de Michoacán.
Precedentes
Amparo penal directo 95/33. Gálvez Estanislao. 22 de enero de 1935. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Daniel Galindo. La publicación no menciona el nombre del ponente.