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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 312618
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo XLIII; Pág. 935
AGRESION A MANO ARMADA (LEGISLACION DE TAMAULIPAS).
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo XLIII; Pág. 935
El Código Penal de Tamaulipas, no consigna como delito la agresión a mano armada; pues tanto el artículo 26 como la fracción IV del 188, de ese cuerpo de leyes, se refieren a ese hecho como grado delictuoso al tratar de la tentativa, es decir, cuando aún no se ha consumado la infracción; pero si se consuma, es incuestionable que hay otro delito diverso, dejando de tener existencia jurídica el grado hecho delictuoso descrito en las citadas disposiciones legales.
Precedentes
Amparo penal en revisión 6681/34. Aguilar Magdaleno. 12 de febrero de 1935. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: José María Ortiz Tirado. La publicación no menciona el nombre del ponente.