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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 312644
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo XLIII; Pág. 1726
ASEGURAMIENTO DEL OBJETO DEL DELITO EN COAHUILA.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo XLIII; Pág. 1726
Si se denuncia la falsedad de un poder, por no tener el otorgante el carácter que en aquél se atribuyó, y se ordena al mandatario que entregue al juzgado del conocimiento, el testimonio del poder, ese mandamiento no es violatorio de garantías, por constituir un aseguramiento del objeto o instrumento del delito, y estar fundado en los artículos 37 del Código Penal y 116 y 117, del de Procedimientos Civiles del Estado de Coahuila.
Precedentes
Amparo penal en revisión 3228/33. Garza González Crescencio de la. 28 de febrero de 1935. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Rodolfo Asiáin. La publicación no menciona el nombre del ponente.