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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 312666
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo XLIII; Pág. 2112
RELEGACION EN CASO DE HOMICIDIO.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo XLIII; Pág. 2112
Conforme a los artículos 27, 65, 71 y 255, del código de procedimientos en materia penal del Distrito Federal, es facultad potestativa de los Jueces, sustituir la pena de prisión por la de relegación, en los casos de reincidencia, mendicidad y falsificación o circulación de moneda; pero no en el de homicidio.
Precedentes
Amparo penal directo 3420/33. Murillo Angel y coags. 7 de marzo 1935. Unanimidad de cinco votos. La publicación no mencionan el nombre del ponente.