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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 312676
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo XLIII; Pág. 2389
PENA CAPITAL.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo XLIII; Pág. 2389
No es exacto que el artículo 22 de la Constitución Federal exija la concurrencia de las circunstancias calificativas de alevosía, premeditación y ventaja, para que válidamente, pueda imponerse a un homicida la pena de muerte; pues la Suprema Corte de Justicia ha sentado la tesis que establece jurisprudencia, interpretando al efecto el texto auténtico del referido precepto, de que para la imposición de esa pena, basta la existencia de una sola de tales calificativas.
Precedentes
Amparo penal directo 1644/33. Rodríguez José. 12 de marzo de 1935. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.