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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 312684
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo XLIII; Pág. 2608
INDULTO Y CONMUTACION EN EL ESTADO DE MEXICO.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo XLIII; Pág. 2608
El artículo 5o. de este decreto, establece que "los sentenciados a la pena capital, en el momento de la publicación de esta ley, obtendrán indulto y conmutación de dicha pena, por la de quince años de prisión extraordinaria". Ahora bien, la interpretación que debe darse a los términos "sentenciados a la pena capital", es la de que tal situación jurídica es la que está determinada por un fallo definitivo, y no cuando se trata de una sentencia apelable.
Precedentes
Amparo penal directo 6450/33. Vega Eulogio. 15 de marzo de 1935. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Hermilo López Sánchez. La publicación no menciona el nombre del ponente.