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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 312688
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo XLIII; Pág. 2674
TRASLACION DE REOS, SUSPENSION EN MATERIA DE.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo XLIII; Pág. 2674
Si la suspensión se pide contra la orden de aprehensión y la traslación del quejoso a la residencia del Juez del conocimiento, debe concederse, para que no se efectúe el traslado, porque, en caso contrario, el amparo quedaría sin materia; sin perjuicio de las medidas de aseguramiento correspondientes, y de imponer al quejoso la obligación de presentarse al Juez del proceso, cuantas veces sea citado.
Precedentes
Amparo penal. Revisión del incidente de suspensión 5359/33. López Cortés Ignacio. 16 de marzo de 1935. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Hermilo López Sánchez. La publicación no menciona el nombre del ponente.