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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 312703
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo XLIII; Pág. 2978
CONDENA CONDICIONAL.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo XLIII; Pág. 2978
La comprobación de los extremos a que se refiere el artículo 90 del Código Penal del Distrito, relativo a la condena condicional, puede hacerse en tanto no se pronuncie la sentencia definitiva, sin que, en ese caso, sea aplicable lo dispuesto por el artículo 428 de la ley adjetiva penal.
Precedentes
Amparo penal directo 2919/33. Cornejo Brun Héctor. 21 de marzo de 1935. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: José María Ortiz Tirado. La publicación no menciona el nombre del ponente.