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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 312734
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo XLII; Pág. 501
HOMICIDIO.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo XLII; Pág. 501
Si se comprueba que las heridas que causaron la muerte del occiso, fueron producidas por el quejoso, en nada se beneficia éste, aunque compruebe que el muerto presentaba otras heridas que el dicho quejoso no le infirió, si éstas no eran suficientes para causar la muerte.
Precedentes
Amparo penal directo 11443/32. Cárdenas Froylan L. 11 de septiembre de 1934. Mayoría de cuatro votos. Disidente: Fernando de la Fuente. La publicación no menciona el nombre del ponente.