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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 312798
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo XLII; Pág. 1792
PROCEDIMIENTO, VIOLACIONES DEL, EN MATERIA PENAL.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo XLII; Pág. 1792
Las violaciones del procedimiento en materia penal, como la consistente en que el jurado militar no se integró en la forma legal, sólo pueden tomarse en consideración en amparo directo, cuando la parte quejosa haya reclamado, en tiempo oportuno, la transgresión de la ley, y si con motivo de esa reclamación, la autoridad juzgadora le haya negado el ejercicio de los derechos de que se trate.
Precedentes
Amparo penal directo 13775/32. López Montes Angel. 18 de octubre de 1934. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.