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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 312803
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo XLII; Pág. 1986
PARENTESCO COMPROBACION DE, PARA LOS EFECTOS DE LA LEY PENAL.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo XLII; Pág. 1986
Si bien es cierto que en materia civil, es necesario el acta del registro civil, para acreditar el parentesco, en materia penal tal acta no es un requisito indispensable, ya que no se trata de deducir derechos y obligaciones emanados del parentesco, sino de castigar un hecho que se considera delictuoso, y por tanto, perjudicial a la sociedad.
Precedentes
Amparo penal directo 1396/33. Pellissier Carlos. 24 de octubre de 1934. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Salvador Urbina. La publicación no menciona el nombre del ponente.