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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 312826
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo XLII; Pág. 2363
REVENTA DE BOLETOS.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo XLII; Pág. 2363
Si el acto reclamado consiste en una disposición gubernativa, que impida la reventa de boletos de espectáculos públicos, no es procedente conceder la suspensión de dicho acto, ya que la sociedad y el Estado se encuentran vivamente interesados en la aplicación de leyes y reglamentos que tiendan a impedir actividades de lucro de particulares, en detrimento de la colectividad.
Precedentes
Amparo administrativo. Revisión del incidente de suspensión 58/33. Revendedores de Boletos de Espectáculos. 1o. de noviembre de 1934. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Fernando de la Fuente. La publicación no menciona el nombre del ponente.