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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 312836
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo XLII; Pág. 2773
SECUESTROS FISCALES, INSUFICIENCIA DE LOS.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo XLII; Pág. 2773
Efectuado el secuestro y garantizado con él, el interés fiscal, la suspensión contra el cobro debe concederse sin requisito alguno, aun cuando la autoridad responsable alegue en ese incidente, que las mercancías secuestradas no alcanzan para garantizar el adeudo, o bien, que por ser fácil su descomposición, tampoco bastarán para garantizar el interés del fisco, si es que la propia autoridad responsable, no prueba estas circunstancias.
Precedentes
Amparo penal. Revisión del incidente de suspensión 3027/33. Cisneros Andrés A., y coagraviado. 10 de noviembre de 1934. Mayoría de tres votos. Disidentes: Francisco Barba y Enrique Osorno Aguilar. La publicación no menciona el nombre del ponente.