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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 312857
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo XLII; Pág. 3117
ADULTERIO, CUERPO DEL DELITO DE.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo XLII; Pág. 3117
De acuerdo con la doctrina, para la existencia del delito de adulterio, se requiere la del matrimonio civil, así como la intención o voluntad culpable del esposo infiel, y la consumación del acto carnal entre el hombre y la mujer casada, y de acuerdo con los tratadistas, el adulterio se comprueba por presunciones vehementes, lo cual es admisible en nuestro sistema jurídico, tanto porque los Códigos de Procedimientos Penales no fijan manera especial de comprobación del cuerpo de este delito, dejando su justificación a la comprobación de todos los elementos que lo constituyen, cuanto porque, dada la naturaleza del mismo delito, sería imposible, en la generalidad de los casos, obtener pruebas directas de su consumación.
Precedentes
Amparo penal en revisión 259/33. Mazón Victoriano y coagraviado. 21 de noviembre de 1934. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.