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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 312890
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo XLII; Pág. 3609
MINISTERIO PUBLICO, CARACTER CONSTANTE DE AUTORIDAD, DEL.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo XLII; Pág. 3609
El Ministerio Público no pierde su carácter de autoridad y ejecuta actos propios de ésta, cuando interviene como parte en los procesos y ejerce sus funciones en la forma de pedimentos, no estando obligado el tribunal a cumplimentar aquéllos, sino que la autoridad juzgadora tiene libertad para apreciar las constancias de autos; por consiguiente la actuación del Ministerio Público dentro del proceso, no causa por sí misma agravios y menos aún de carácter irreparable, por lo cual es improcedente el amparo que se endereza contra dichos pedimentos.
Precedentes
Amparo penal directo 12654/32. Ramírez Emilio P. y coagraviados. 7 de diciembre de 1934. Mayoría de tres votos. Disidentes: Fernando de la Fuente y Paulino Machorro y Narváez. La publicación no menciona el nombre del ponente.