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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 312899
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo XLI; Pág. 173
DELITO DE CULPA.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo XLI; Pág. 173
El artículo 140 del Reglamento de Tráfico para el Distrito Federal, de 30 de abril de 1918, dispone que todo vehículo deberá moderar su marcha al aproximarse a los cruceros con ferrocarriles y calles de tráfico intenso; así es, que si por infringir esa disposición, resulta un accidente, el infractor incurre en delito de culpa.
Precedentes
Amparo penal directo 524/32. Armenta Alfonso. 8 de mayo de 1934. Mayoría de tres votos. Ausente: Enrique Osorno Aguilar. Disidente: Paulino Machorro y Narváez. La publicación no menciona el nombre del ponente.