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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
Registro digital (IUS)
312920
Tipo
Tesis Aislada
Época
5a. Época
Instancia
S.C.J.N.
Fuente
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo LVII; Pág. 165

ROBO, PENA QUE DEBE IMPONERSE EN CASO DE.

[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo LVII; Pág. 165

Precedentes

Amparo 7094/37. Durán Bustillos Manuel. 7 de julio de 1937. Unanimidad de cuatro votos. La publicación no menciona el nombre del ponente. Quinta Epoca: Tomo LIV, página 2293. Amparo directo 4873/37. Navarro Huerta Jesús. 27 de octubre de 1937. Unanimidad de cuatro votos. La publicación no menciona el nombre del ponente. Tomo LIV, página 533. Amparo directo 3802/37. Navarro Miranda J. Jesús. 15 de octubre de 1937. Unanimidad de cuatro votos. La publicación no menciona el nombre del ponente. Tomo XLI, página 694. Amparo penal directo 5305/33. Esquero Perafán Fermín. 23 de mayo de 1934. Mayoría de tres votos. Disidentes: Salvador Urbina y Enrique Osorno Aguilar. La publicación no menciona el nombre del ponente.
Registro digital (IUS): 312920