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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 312930
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo XLI; Pág. 904
LIBERTAD CAUCIONAL EN AMPARO DIRECTO.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo XLI; Pág. 904
El efecto de la suspensión de una sentencia penal, es el de que el quejoso quede a disposición de la autoridad responsable, y la libertad caucional, que presupone su otorgamiento previo, no tiende a restablecer al quejoso en el pleno goce de la garantía violada, sino el de conservar la garantía de ésta, evitando que el acusado, de continuar preso, extinga, durante la tramitación del juicio de amparo, la condena impuesta.
Precedentes
Queja en amparo penal 76/34. Santos Campos José. 28 de mayo de 1934. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.